Decreto Supremo N.º 311-2025-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano, que aprueba el Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del Impuesto General a las Ventas (IGV):
Alcance del Decreto Supremo N.º 311-2025-EF
El Decreto Supremo N.º 311-2025-EF fue publicado el 20 de diciembre de 2025, es una norma emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) que aprueba el Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del Impuesto General a las Ventas (IGV), en el marco del Régimen de Percepciones del IGV establecido por la Ley N.º 29173.
Objeto del Decreto
Este Decreto Supremo tiene por finalidad:
Aprobar y publicar el listado oficial de entidades que, conforme al artículo 11 de la Ley N.º 29173, podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV en las operaciones sujetas al régimen de percepciones.
Establecer que dicho listado se aprueba mediante Decreto Supremo y se difunde en el portal institucional del MEF, garantizando seguridad jurídica, predictibilidad y transparencia en la aplicación del régimen.
Determinar que la lista surte efectos a partir de su publicación oficial y conforme a los plazos establecidos en la norma aplicable.
Marco Normativo
La excepción en la percepción del IGV está prevista en el artículo 11 de la Ley N.º 29173, que regula el Régimen de Percepciones del IGV; esta norma indica que no corresponde efectuar la percepción cuando:
El comprobante de pago otorgue derecho al crédito fiscal; o
El cliente figure dentro del “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV”.
Efecto práctico
✔ Empresas o entidades incluidas en el listado:
No estarán obligadas a que sus proveedores les apliquen percepción del IGV en ciertas operaciones gravadas;
Esto implica una excepción al régimen de percepciones, lo cual puede impactar su flujo de efectivo y obligaciones de percepción ante la SUNAT.
✔ Este listado se actualiza periódicamente, conforme a lo dispuesto en la ley (marzo, junio, setiembre y diciembre de cada año), y cada nueva aprobación se incorpora mediante Decreto Supremo refrendado por el MEF.
Publicación y Vigencia
El Decreto Supremo N.º 311-2025-EF fue publicado en el Diario Oficial El Peruano y su listado respectivo se hace accesible a través de la sede digital del MEF (gob.pe/mef).
El listado entra en vigencia conforme a lo establecido en la propia norma y a los criterios de periodicidad para su actualización (marzo, junio, setiembre y diciembre)
Aquí puedes descargar el listado actualizado ; https://www.contadoresyempresas.com.pe/publican-listado-de-entidades-que-podran-ser-exceptuadas-de-la-percepcion-del-impuesto-general-a-las-ventas-2/?utm_source=chatgpt.com