La SUNAT ha publicado la Resolución de Superintendencia N.° 000392-2025/SUNAT, mediante la cual se amplía el plazo de obligatoriedad del uso del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) para los principales contribuyentes, tanto en el Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE) como en el Registro de Compras Electrónico (RCE).

🔎 ¿Qué implica esta ampliación?

La norma otorga mayor tiempo de preparación a las empresas para adecuar sus procesos contables, tributarios y tecnológicos, considerando el alto volumen de comprobantes electrónicos que manejan los principales contribuyentes.

📅 Nuevos plazos de obligatoriedad

✔ Desde el período enero 2026:

Para principales contribuyentes con ingresos netos en el ejercicio 2024 hasta 2,300 UIT.

✔ Desde el período junio 2026:

Para principales contribuyentes con ingresos netos en el ejercicio 2024 mayores a 2,300 UIT.

💡 ¿Por qué es relevante esta medida?

Permite una implementación ordenada del SIRE, reduciendo riesgos de errores y contingencias tributarias.
Brinda tiempo para la integración de sistemas contables y ERP con la plataforma SUNAT.
Facilita la capacitación del equipo contable y tributario.
Contribuye a un mejor control y consistencia de la información tributaria.

⚠️ Importante

Aunque se haya ampliado el plazo, la obligación no desaparece. Las empresas deben planificar desde ahora su migración al SIRE, evaluando impactos operativos, tecnológicos y tributarios.

🤝 ¿Cómo te apoyamos en Aguilar Consultores?

En Aguilar Consultores acompañamos a nuestros clientes en todo el proceso de adaptación al SIRE:

✔ Diagnóstico de la situación actual

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