La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha oficializado, mediante la Resolución de Superintendencia N.° 000386-2025/SUNAT, el Cronograma General de vencimientos para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) correspondiente al ejercicio gravable 2025, que deberán presentar los contribuyentes en el año 2026.

📅 Fechas diferenciadas según tipo de contribuyente

SUNAT ha establecido dos cronogramas, según la naturaleza del contribuyente y su régimen tributario:

  1. Negocios y empresas (no comprendidos en la Ley N.° 31940)

Período de presentación: 26 de marzo al 13 de abril de 2026

(las fechas finales dependen del último dígito del RUC)

Último dígito del RUC

Fecha de vencimiento

0: 26/03/2026

1: 27/03/2026

2: 30/03/2026

3: 31/03/2026

4: 01/04/2026

5: 06/04/2026

6: 07/04/2026

7: 08/04/2026

8: 09/04/2026

9: 10/04/2026

Buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC: 13/04/2026

  1. Personas naturales, MYPE del Régimen General y MYPE Tributario (Ley N.° 31940)

Periodo de presentación: 27 de mayo al 10 de junio de 2026

Último dígito del RUC

Fecha de vencimiento

0: 27/05/2026

1: 28/05/2026

2: 29/05/2026

3: 01/06/2026

4: 02/06/2026

5: 03/06/2026

6: 04/06/2026

7: 05/06/2026

8: 08/06/2026

9: 09/06/2026

Buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC: 10/06/2026

🛠️

Disponibilidad de formularios e información personalizada

SUNAT pondrá a disposición de los contribuyentes:

✔ Formulario Virtual N.° 710 (Renta Anual – Tercera Categoría y ITF): disponible desde el 2 de enero de 2026.

✔ Formulario Virtual N.° 709 (Renta Anual – Personas Naturales): habilitado desde el 31 de marzo de 2026.

Además, se publicará información personalizada con datos referenciales de saldos a favor, pagos a cuenta, retenciones e ITF aplicable, para facilitar la elaboración de la declaración antes de los vencimientos.

📌

¿Por qué es importante este cronograma?

🔹 Permite una planificación tributaria ordenada y evita sanciones por presentación fuera de plazo.

🔹 Facilita la coordinación del cierre contable anual y el análisis de contingencias tributarias.

🔹 Es clave para la determinación correcta del impuesto y de los saldos a favor o por pagar.

🔹 Considera un tratamiento diferenciado para personas naturales y MYPE, acorde con la legislación vigente.

🤝 En Aguilar Consultores, te acompañamos en todo el proceso:

✔ Revisión técnica del cierre contable y tributario

✔ Análisis de reparos y contingencias

✔ Optimización de resultados dentro del marco legal

✔ Preparación y presentación oportuna ante SUNAT

📩 Cumplir con responsabilidad hoy garantiza tranquilidad mañana.

Contáctanos para una gestión estratégica y eficiente de tu Declaración Anual de Renta 2025.