Mediante la Resolución de Superintendencia N° 000293-2024/SUNAT que posterga hasta Julio 2025, la oportunidad desde la cual deben llevar sus Registros en el SIRE los PRICOS obligados a ello.

La razón de esta ampliación, tiene que ver con que la normativa actual, a partir del período enero de 2025, ingresarían al SIRE, entre otros, los sujetos designados como principales contribuyentes, quienes por el volumen considerable de comprobantes de pago que, en promedio, emiten, lo más probable es que usen el aplicativo cliente SIRE o el servicio web API SUNAT, cuya implementación, de acuerdo con la información relevada, aún requiere para dichos sujetos un tiempo adicional al estimado. Esa es la razón por la que SUNAT estima conveniente postergar hasta julio 2025, la oportunidad desde la cual deben llevar sus registros en el SIRE, los sujetos obligados cuya probabilidad de usar dicho aplicativo y servicio es más alta, como son los PRICOS.

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